Fundamentos Legales de la Profesión
CREACIÓN DE LA PROFESIÓN DE BIÓLOGO (1980)
Se crea la profesión de Biólogo, al ser reconocida y regulada por el Estado mediante la creación del COB (Ley 75/1980, de 26 de diciembre), alcanzando así el máximo status previsto en la Unión Europea para profesionales. En su artículo 3, la Ley 75/1980 establece que para ejercer la profesión de biólogo hay que estar inscrito en el COB.
CONSIDERACIÓN DE LA PROFESIÓN DE BIÓLOGO COMO PROFESIÓN REGULADA (1991)
Real Decreto 1665/1991, de 25 de octubre, por el que se regula el sistema general de reconocimiento de los títulos de enseñanza superior de los Estados miembros de la Unión Europea y otro(s) Estado(s) partes, en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, suscrito el 2 de mayo de 1992, y ratificado por España el 26 de noviembre de 1993, que exigen una formación mínima de tres años de duración. (Anexo II)
APROBACIÓN DE LOS ESTATUTOS DEL COLEGIO OFICIAL DE BIÓLOGOS (1996)
Con la aprobación del Real Decreto 693/1996, de 26 de abril, el COB alcanza su plenitud organizativa. Además, y como segunda novedad en el derecho español sobre Colegios Profesionales, en su artículo 15, estos Estatutos establecen las funciones de la profesión de Biólogo.
MANTENIMIENTO DE LA PROFESIÓN DE BIÓLOGO COMO PROFESIÓN REGULADA (2008)
Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español la Directiva 2005/36/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de septiembre de 2005, y la Directiva 2006/100/CE, del Consejo de 20 de noviembre de 2006, relativas al reconocimiento de cualificaciones profesionales, así como a determinados aspectos del ejercicio de la profesión de abogado.
De acuerdo con lo que dice el artículo 4, el artículo 19 y el Anexo VIII de este Real Decreto, la profesión de biólogo aparece como regulada, manteniendo la posición alcanzada en 1991. Hay que hacer notar que en el proyecto de Real Decreto de junio de 2007, la profesión de biólogo no aparecía como regulada. El Consejo General de Colegios Oficiales de Biólogos presentó sus alegaciones al respecto, con el resultado positivo para nuestra profesión: el mantenimiento del status de profesión regulada.
Conservar el nivel de profesión regulada contemplado en el Real Decreto 1665/1999 es un éxito de la profesión.
MARCO NORMATIVO DE LAS COMPETENCIAS DE LOS/AS BIÓLOGOS/AS (25/11/2014)
Documento que reúne las normas y sentencias que, hasta el momento, avalan la competencia del/a biólogo/a en los campos que se especifican.
Es un documento sometido a ampliaciones continuas puesto que se plasma en él la principal actividad de los Colegios Oficiales de Biólogos, la defensa de nuestra profesión y la intención de que se reconozca la capacidad del profesional de la Biología en nuestra sociedad en las múltiples facetas para las que está preparado, con el fin de que el ejercicio de la profesión sirva para mejorar nuestra sociedad.
En el documento a descargar se encuentran resaltadas en amarillo las últimas incorporaciones al listado.